¿Cómo puede afectar el brote de COVID-19 a su caso de derecho de familia?
Por: Nicole Makris, Abogada
El coronavirus (COVID-19) ha tenido un efecto significativo en la vida cotidiana tal como la conocemos. Con el cierre de escuelas, las advertencias de viaje y las repercusiones económicas del virus, el brote de COVID-19 presenta numerosas posibles implicaciones para los casos de derecho de familia. Su asunto de derecho de familia podría verse afectado en los siguientes ámbitos:
Tiempo de custodia
En estos tiempos sin precedentes, los padres deben esforzarse por cooperar entre sí por el bienestar del niño. Debe procurarse mantener, en la medida de lo posible, el horario normal de visitas. La Orden Ejecutiva (“Directiva para que los Hoosiers se queden en casa”) emitida el 23 de marzo de 2020 incluye que los viajes necesarios para transportar a los niños en virtud de un acuerdo de custodia entran en la categoría de “Viajes Esenciales”. Los padres deben comunicarse entre sí en relación con cualquier cambio en el horario de visitas y deben ser flexibles con el tiempo de recuperación. Aunque la flexibilidad es importante, cualquier cambio en el horario de custodia y las razones del cambio deben documentarse por escrito. Las expectativas en relación con el aprendizaje electrónico del niño deben comunicarse claramente entre los padres, al igual que cualquier cambio en la salud del niño o de otros miembros de la familia en los respectivos hogares de cada progenitor. Si uno de los progenitores opta por la autocuarentena o no puede ejercer de otro modo el tiempo de custodia, el otro progenitor debe facilitar FaceTime y llamadas telefónicas con el menor.
Manutención de los hijos
Si se ha encontrado con una disminución significativa de horas, una pérdida de empleo u otras dificultades financieras, debe consultar con un abogado de derecho de familia para revisar su orden de manutención actual. Es crucial ser proactivo a la hora de solicitar una modificación de la pensión alimenticia porque la modificación sólo puede ser retroactiva a la fecha en que se presenta la solicitud de modificación de la pensión alimenticia (excepto en circunstancias muy específicas, como cuando el hijo se ha mudado con el progenitor que paga la pensión alimenticia).
Acuerdos prenupciales
Si ha firmado un acuerdo prenupcial pero ha tenido que retrasar su boda, debe asegurarse de que el acuerdo esté actualizado en el momento en que se reprograme su boda, incluyendo listas actualizadas de los bienes y deudas no matrimoniales de cada parte y sus valores y saldos, así como la nueva fecha de la boda.
Cuestiones patrimoniales en las disoluciones matrimoniales
Si su disolución del matrimonio está pendiente, debe obtener valoraciones actualizadas de los bienes gananciales antes de que finalice su caso. Deben documentarse los cambios en el valor de los activos conyugales, como las cuentas de jubilación, y actualizarse las declaraciones financieras verificadas.
Acuerdos matrimoniales
Es posible que los efectos del brote de COVID-19 le causen dificultades económicas hasta el punto de que no le sea posible hacer frente a sus obligaciones en virtud de su acuerdo de liquidación matrimonial. Por ejemplo, si usted no puede cumplir las disposiciones sobre liquidación de bienes o manutención del cónyuge de su acuerdo debido a los acontecimientos actuales, debería consultar con un abogado especializado en derecho de familia para revisar su acuerdo de liquidación y discutir sus opciones para intentar modificar el acuerdo.
Próximas audiencias
Los cierres cautelares de los tribunales pueden provocar aplazamientos de las próximas vistas. También es probable que las mediaciones se reprogramen o se lleven a cabo por videoconferencia.
Dado el territorio inexplorado que presenta el coronavirus (COVID-19), se trata de temas generales a tener en cuenta. Este artículo no constituye asesoramiento jurídico. Para preguntas específicas sobre cómo el brote de COVID-19 puede afectar a su caso, consulte con un abogado con experiencia en derecho de familia para discutir los hechos de su situación.