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¿Qué es una orden de protección?

5/30/2017

La Ley de Orden de Protección Civil de Indiana, o ICPOA, es un conjunto de leyes aprobadas en Indiana en 2002 con respecto a la violencia doméstica y familiar. Según la ICPOA, los tribunales pueden emitir órdenes para proteger a las personas de la violencia doméstica o familiar, el acecho o un delito sexual. Estas órdenes judiciales se denominan «órdenes de protección» u «órdenes de protección» y los términos se usan indistintamente. Se puede emitir una orden de protección cuando un juez determina, basándose en la mayoría de las pruebas, que el demandado (la otra persona) representa una amenaza creíble para la seguridad del peticionario, es decir, que se ha producido violencia doméstica o familiar o que se ha producido una amenaza de violencia que haría que una persona razonable se sintiera amenazada o intimidada. Básicamente, se trata de una orden que recibe del tribunal y que le dice a alguien que lo deje en paz. Para los propósitos de la ley de Indiana, esto incluye un delito sexual y el acecho, incluso si la persona no es un miembro de la familia o del hogar. Si bien es solo una hoja de papel y no será una protección absoluta contra la violencia, aún puede ser beneficiosa. Las fuerzas del orden locales tendrán acceso a una copia de la Orden de Protección en su base de datos. Además, cualquier violación de una orden de protección, cuando se denuncia a la policía, se convierte en un asunto penal. Por supuesto, puede (y debe) llamar a la policía en cualquier momento que esté en peligro, pero tener una orden de protección ayudará a la policía a responder a su llamada.

Tabla de contenido

    ¿Cuándo puedo obtener una orden de protección?

    Puede obtener una orden de protección si es o ha sido víctima de:

    • Violencia doméstica o familiar;
    • Un delito sexual; O
    • Acecho.

    Además, un padre o tutor puede presentar una petición para obtener una orden de protección para un niño.

    Información general sobre cómo presentar o solicitar al tribunal una orden de protección

    No necesita necesariamente un abogado para presentar una petición de orden de protección, aunque hacer que un abogado o defensor revise el documento aún puede ser beneficioso. La persona que solicita la orden es la «parte actora» y se llama «peticionario», en contraposición a la otra persona, la «parte demandada» llamada «demandado». El peticionario debe presentar una petición en el tribunal correspondiente del condado en el que vive. Por lo general, los mostradores de información del juzgado pueden dirigir a una persona no representada a la sala de audiencias correcta. Es importante que el peticionario incluya en la petición el nombre legal completo y la información correcta (fecha de nacimiento o número de seguro social correctos, y dirección correcta y actual) del demandado. Se pueden presentar dos (2) tipos diferentes de peticiones: una solicitud de órdenes ex parte, es decir, sin audiencia (solo disponible en caso de emergencia y en ciertas situaciones), y una orden de protección que se ordenará después de una audiencia. Si la solicitud de orden de protección involucra a alguien con quien la persona tiene hijos, o si el peticionario solicita dinero, el tribunal debe celebrar una audiencia sobre el caso antes de dictar órdenes. Las órdenes de protección suelen tener una duración de dos (2) años, a menos que el peticionario lo solicite y/o el juez decida una duración diferente.

    En la petición se le pedirá que detalle los incidentes y ejemplos de violencia doméstica. Esta es su única oportunidad de explicarle al juez por qué necesita una orden de protección para detener la violencia. Las órdenes de protección civil son confidenciales y no están disponibles para el público en general. Es importante ser detallado e incluir informes policiales o textos que correspondan a los incidentes que haya enumerado, si dispone de dicha documentación. Si tiene fotografías, inclúyalas. También es importante que le pida al juez todo lo que desea. Si la persona vive con usted y usted quiere que la desalojen, debe solicitarlo. Si comparte un hijo y desea que se incluya al niño, debe incluir esta solicitud. Si desea que el demandado tenga que permanecer alejado de la escuela del niño y/o de su lugar de trabajo, debe incluir esta información. Esta es su solicitud de «reparación» y debe ser exhaustiva e incluir todos sus deseos sobre las órdenes (dentro de lo razonable) que desea del tribunal antes de cualquier audiencia. Si no incluye su solicitud, es posible que el Tribunal la rechace. Si bien el tribunal siempre puede denegar sus solicitudes de reparación, es mucho más fácil solicitarla directamente que intentar modificarla más adelante.

    Una vez presentada la petición, el tribunal tiene varias opciones:

    • El tribunal puede programar una audiencia y no emitir ninguna orden antes de la audiencia.
    • El tribunal podría denegar la petición y no programar ninguna audiencia.
    • El tribunal puede emitir una «orden ex parte» (una orden emitida sin haber tenido una audiencia previa).

    Si es víctima de violencia doméstica:

    • Si estás en un emergencia situación, llama al 911.
    • Póngase en contacto con su agencia local. Si es víctima de violencia doméstica o sexual, o si cree que usted o sus hijos corren peligro de ser lastimados por alguien en su vida, hay ayuda para usted. En todo el estado de Indiana, cientos de defensores capacitados trabajan todos los días para ayudar a las víctimas a encontrar seguridad y, en muchas situaciones, una orden de protección puede ser una herramienta útil. Para obtener ayuda para encontrar un defensor o un refugio, o para obtener más información sobre la violencia doméstica, visite el Sitio web de la Coalición de Indiana contra la Violencia Doméstica (ICADV) o llame a su línea directa estatal de 24 horas al 317-332-7385.
    • Es posible que podamos ayudar. Si es víctima de violencia doméstica, los abogados de CohenMalad, LLP pueden ayudarlo.
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